sábado, 20 de noviembre de 2010

Honorable Diputado Rene Alinco del PPD. Chile




Sábado 20 de Noviembre de 2010
Detención de Alinco y Constitución


Señor Director:

El diputado señor René Alinco fue detenido por Carabineros, por conducir con hálito alcohólico. Además, se negó a que le practicaran la alcoholemia. O sea, se trata de un delito flagrante, razón por la cual fue trasladado a una comisaría.

La Constitución, en el art. 61, reglamenta esta situación en forma clara, cuando preceptúa que en el caso de delito flagrante, un diputado o senador debe ser puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. Entonces, debió ser conducido a la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Luego continuará el procedimiento normal.

Esto es, precisamente, lo que con el señor Alinco no se hizo, lo que se traduce en una abierta infracción y desconocimiento del texto y del sentido de la Constitución.

Gravísimo precedente para el futuro y un inaceptable privilegio para los parlamentarios.

Fernando Saenger Gianoni
Abogado

Fuente

El fiscal Carlos Rojas anunció ayer Jueves 18 de noviembre de 2010 que solicitará el desafuero del diputado PPD René Alinco, para investigar el incidente que protagonizó el parlamentario en horas de la madrugada de ayer, cuando fue sorprendido por efectivos de carabineros conduciendo bajo la influencia del alcohol.

“Como se trata de una persona con un fuero, específicamente por ser parlamentario, se debe solicitar en su oportunidad el desafuero ante la Corte de Apelaciones local”, explicó el fiscal, para que así se inicie una investigación.

El fiscal hizo un resumen de los hechos, y dijo que “el día de hoy, a horas de la madrugada, funcionarios de carabineros que realizaron un control vehicular, sorprendieron al señor Alinco conduciendo un vehículo y, de acuerdo a lo que se señaló, tenía hálito alcohólico, razón por la cual, como todo procedimiento, se le quiso realizar la alcoholemia de rigor”.

“Él se negó y por lo tanto fue trasladado a la tercera comisaría norte, donde se llevó a cabo el procedimiento de rigor. Se trataba de un manejo en estado de ebriedad, de carácter simple. Por lo tanto a la ley de tránsito corresponde la citación”, agregó.

Rojas explicó que “cualquier persona puede negarse (al procedimiento). Sin embargo existe una consecuencia legal, cual es que se presume que dicha persona estaba conduciendo bajo la influencia del alcohol. Es una presunción, pero existe y eventualmente puede afectarle en el proceso de investigación”.

Consultado sobre si planea formalizarlo, el fiscal dijo que “primero tenemos que recibir el parte, revisar el resto, todas las diligencias que deben desarrollarse, entrevistar a los testigos, entre ellos, funcionarios policiales u otras que a esa hora hayan estado circulando por la carretera, entrevista con el médico y los funcionarios que se encontraban en la asistencia pública local, y después de eso se verá el mérito de los antecedentes que si son suficientes para formalizar o no”.

Fiscalía cita a diputado Alinco por "ofensas al pudor" en pick up de camioneta
Jueves 26 de Agosto de 2010
Fuente :La Segunda/ORBE
Parlamentario arriesga una multa si se acredita una ''falta contra la moral y las buenas costumbres''.
Mientras realizaban un control de rutina en el sector de Tejas Verdes (XI Región de Aysén), carabineros de la ciudad de Coyhaique sorprendió al diputado por la zona René Alinco (PPD) en el pick-up de una camioneta en intimidad con una mujer.

El parlamentario fue conminado a interrumpir el acto de manera inmediata y será citado por la fiscalía local por "ofensa al pudor", figura estipulada en la ley.

Fuentes ligadas a la investigación que se abrió en el Ministerio Público sostuvieron que no se requerirá desaforar al diputado pues lo que hizo no representa delito: sólo es una falta contra la moral y las buenas costumbres. Se arriesga, eso sí, a una multa.

La fiscalía, que ya recibió los antecedentes por parte de la policía, informó mediante un comunicado que “en horas de la mañana se recepciona por parte de Carabineros una denuncia que da cuenta de una pareja que mantenía relaciones sexuales en un vehículo estacionado en la vía pública”.

Por su parte el vocero de la Fiscalía de Aysén, Luis Soto, indicó que el concertacionista fue sorprendido en “hechos que serían constitutivos de una falta, que es la falta del artículo 495 inciso 5 del Código Penal, de ofensas al pudor".

Durante la mañana de hoy no fue posible contactarse con Alinco, quien permaneció con su teléfono celular apagado.

No es primera vez que el congresista protagoniza un hecho polémico: en julio de 2007 se vio envuelto en un altercado en el aeropuerto de Santiago, tras golpear a un funcionario de la aerolínea LAN, quien no le creyó su calidad de congresista y no le permitió ingresar atrasado a un vuelo a Balmaceda.

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Resolución del caso:

14 septiembre 2010.

(Emol).- El juez de Garantía de Coyhaique, Mario Devaud Ojeda, resolvió que Carabineros no protegió "la vida privada y la honra" del diputado René Alinco (PPD) y su acompañante femenina, luego que funcionarios de la policía los denunciaran por ofensas al pudor tras sorprenderlos manteniendo relaciones íntimas al interior de un vehículo.

En la resolución judicial por la denuncia, donde exculpa a Alinco, el magistrado argumenta: "Que, a no dudarlo, el hecho que un hombre y una mujer, adultos los dos, permanezcan en el interior de un vehículo particular, sea que realicen o no un acto sexual, en un sitio eriazo y alejado de la circulación de público, y sin otro observador que los Carabineros que se acercan al lugar, no puede considerarse bajo ningún respecto una ofensa al pudor que sea de conocimiento de los Tribunales de Justicia".

¿Y qué sucede cuando un común y corriente hace lo mismo?

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